NI HÉROES NI MÁRTIRES: CORONAVIRUS, EL GRAN DESAFÍO DEL JURAMENTO HIPOCRÁTICO
“Dejareis de ser héroes cuando la gente no tenga miedo. Dejareis de ser héroes cuando a los políticos les interese. Ahora sois carne de cañón, por eso os llaman héroes”
Ya son innumerables las crónicas con los testimonios y las ofrendas que nos narran hoy, desde los distintos rincones del planeta infestado por el virus moderno, la valiente lucha de profesionales de la salud arriesgando sus propias vidas para salvar la nuestra. Profesionales de la salud que un día hicieron un juramento, enfrentados hoy a un virus que se contagia sin distingo de edad, rango, ni título, en el que todos somos vulnerables. Un virus frente al cual las organizaciones gubernamentales nacionales e internacionales, han seguido la saga a destiempo, desconociendo las advertencias de amenaza de pandemia y sin adoptar medidas que permitieran el control del fenómeno. Sucedió lo impensable! al igual que como aconteció el 11 de septiembre en New York, pero en todo caso previsible, dos coronavirus previos (SARS, MERS) lo habían anunciado con anticipación, y mientras tanto el tiempo pasó y la verdad llego sin tocar a la puerta.
Que nos queda, enfrentar la lucha a muerte con equipos profesionales de la salud en la primera línea. No es ficción, es realidad, no es un infarto, ni el ACV que esta presentando un paciente o un trauma en accidente, no son las infecciones nosocomiales que la jurisprudencia hace un tiempo catalogara como responsabilidad objetiva de las instituciones hospitalarias; vaya que sofisma jurídico!. De lo que se trata es de un grave peligro que se cierne para todo aquel que se halla en el entorno hospitalario, pero el médico no acepto cumplir este papel pensando “oye, hoy voy a salir y voy a jugarme la vida”.
Lo que se esta viviendo, son tiempos antes no vistos; en todo el mundo el equipo de salud convertido en guerreros, por la fuerza de las circunstancias, condenados a ganar la guerra a como de lugar con herramientas o sin ellas, incluso a jugar a ser Dios, por Dios!. Sin embargo, falta liderazgo, falta personal, faltan insumos de bioseguridad, los que hay son insuficientes. Entretanto, debo cuidar de mis pacientes, de mi y de mi familia. Pero cómo tener la moral en alto en un ambiente cada vez más inseguro tanto para el equipo médico y sus pacientes ante la falta o insuficiencia de recursos en un escenario de guerra que palpita en cualquier institución de salud, en cualquier rincón del mundo, sin distingo de raza, riqueza o país.
En medio del natural miedo que todo esto representa, como conservar la esperanza y el optimismo, en que nuestra mente razone sin perder la calma, luego la gran pregunta, con qué estándares de seguridad laboral voy a trabajar? Se que el trabajo de un médico es cuidar a sus enfermos, pero esta vez el virus que debes derrotar es impredecible e implacablemente mortal.
En China 12 médicos murieron combatiendo en primera línea la enfermedad, les fue otorgado el mayor título honorífico reconocido por el partido comunista, entre ellos el oftalmólogo Li Wenliang de 34 años quien advirtió la nueva neumonía atípica que estaba haciendo presencia, por lo que fue censurado inicialmente. Este homenaje me recuerda, el homenaje de que fue objeto el fiscal Alcibiades Libreros Varela por la Dirección de la Policía Nacional en reconocimiento a la labor cumplida como el mejor fiscal del país enfrentando y desmantelando a las más peligrosas organizaciones del crimen, quien recibió palmaditas y medallas; y que recientemente fue vilmente asesinado por esas mismas organizaciones, solo, desarmado, sin seguridad ni blindaje. Entretanto en Italia han muerto más de 140 médicos y enfermeras y los políticos aquí ni siquiera deliberan.
En Colombia hoy es centro de debate en la comunidad médica el dilema de cumplir cabalmente el juramento hipocrático o aducir objeción de conciencia. En esa perspectiva examinemos el soliloquio que debe resolver cada miembro del cuerpo médico “to be or not to be” para determinar cuál es la más digna acción, si enfrentar el virus dispuesto a sufrir los embates de la fortuna injusta u oponer sus brazos a ese torrente de calamidades y darle fin con atrevida resistencia. Hamlet “Morir es dormir. No más?”
En este entorno la Carta Magna nos recuerda al amparo de los derechos fundamentales, que el derecho a la vida es inviolable (art. 13 CN), que el trabajo es un derecho y una obligación social y goza en todas su modalidades de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas(art. 25 CN); que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad (art. 42 CN); que la atención de la salud es un servicio público a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promocion, proteccion y recuperacion de la salud. Al Estado le corresponde organizar, dirigir y reglamentar la prestación del servicio de salud de los habitantes del país (ojo y esto no solo incluye a los hermanos venezolanos sino a todo extranjero), conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Estableciendo políticas para la prestacion del servicio de salud. Y por su parte toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad. (art. 49 CN).
Luego, tiene el profesional de la salud derecho a retirar su consentimiento de participar de la atención de los pacientes sospechosos o con diagnóstico de Covid 19 sin que ello se traduzca en represalias? O será que acaso, al igual que como en los tiempos de guerra a los militares, que dicho sea de paso van a la guerra con todos sus pertrechos logísticos y armamentismo necesarios para enfrentar al enemigo y a quienes se les reconocen múltiples beneficios por el ejercicio de su misión, en la misma medida de justicia a los prohombres de la patria uniformados con bata blanca, desde ya más allá de los aplausos, condecoraciones de lata y papel, se les ha de dar un verdadero reconocimiento para ejercer dignamente y gozando de verdaderas garantías laborales y de bienestar para él y su familia?
Sera que podemos tener la esperanza y confianza que en tiempos de paz, el presupuesto del Estado no se irá a alimentar la voracidad de los políticos y señores de la guerra? (El presupuesto del 2020 contempla $35.8 billones en defensa pese a haberse logrado un acuerdo de paz y para salud solo $31.8 billones; luego entiende uno cuales son las prioridades del Estado.) Ni se pretende que el gobierno actúe como estado asistencialista ni como aquel rico que en un acto no de altruismo sino de soberbia, dijo donar $80 mil millones para la emergencia (en palabras de Facundo Cabral diríamos “la condesa dono? o devolvio…”). A sabiendas que las autoridades de salud son las encargadas de proteger la salud de la población y responder a la emergencia. Labor que deben cumplir con ética incorporada a la equidad, responsabilidad, solidaridad y transparencia frente a los dilemas que ha de enfrentar en esta emergencia y las lecciones que dejará a futuro. Y en la que estamos comprometidos todos.
Ayer el gobierno expidió al amparo del estado de emergencia sanitaria el decreto 538 en el, en su capitulo II (garantia y proteccion al Talento Humano en salud para la atención del Covid 19) indicando que todo el Talento Humano en ejercicio o formación estará preparado y disponible y podrá ser llamado a prestar sus servicios para reforzar y apoyar a los prestadores de servicios. Y de manera fulminante señala (art.9)“el acatamiento de este llamado será obligatorio”, con contadas excepciones. Y para completar en su artículo 11 de manera precaria declara un reconocimiento económico temporal a quien preste servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de Covid19. Dándole finalmente reconocimiento al Covid 19 como enfermedad profesional en los trabajadores de la salud.
Sin embargo, bastante les ha tocado ya padecer en carne propia a los profesionales de la salud antes de sobrevenir la pandemia, cuando han sido injustamente criminalizados, discriminados y estigmatizados, para que hoy se les etiquete como héroes o mártires, y olvidando que en la sociedad siempre han cumplido una labor fundamental. Hoy más que nunca ello ha quedado en evidencia. Siendo que lo único que pretenden es un trato digno, pero no se les está reconociendo en ningún momento cuando en su tarea de salvar vidas no están contando con los implementos básicos para cumplir con su misión como corresponde. Y cuando no se les ha reconocido siempre las condiciones laborales mínimas que fija la OIT. Los médicos no se están negando a cumplir su cometido social, simplemente están en su derecho de que se les garanticen las condiciones dignas necesarias para brindar su buena práctica profesional, quedando a salvo su vida en dicho ejercicio.
Se requieren pues acciones eficaces que acrediten en tiempo real el cumplimiento del suministro de los insumos básicos en número necesario de trajes idóneos de bioseguridad, tapabocas que cumplan con las normas técnicas de bioseguridad y demás elementos necesarios para preservar la vida e integridad de los profesionales de la salud.
Son justificadas las quejas reiteradas de las organizaciones gremiales médicas que desde epocas preteritas hasta el dia de hoy señalan que, el 80% del personal sanitario se contrata de manera irregular, inestable e informal (la denominada flexibilización laboral de nuestros estados neoliberales expresada en su máxima dimensión). El patrono en esas condiciones no lo es ni la IPS ni la EPS. El patrono soy yo, que como médico debo asumir todo (y de las ARL ni hablar). Si antes de la emergencia sanitaria los recursos no llegaban a las clínicas y hospitales, que se puede esperar ahora?
Ninguna norma puede obligar a actos temerarios y suicidas bajo promesas vacías. El gobierno sigue siendo sordo y ciego ante el clamor de la comunidad médica, en un acto de megalomanía autista, solo escucha un mantra que proviene de su propio interior; luego, no se entiende como el gobierno pretende a pesar de las advertencias del peligro que representa colocar en el frente de primera línea al personal de salud en formación, cuando precisamente no cuentan con la acreditación y calificación de las competencias profesionales para enfrentar semejante titán, lo que se torna en todo caso en inconstitucional e ilegal.
Luego no será a través del constreñimiento de servicio médico obligatorio que podremos salir avantes de esta guerra. Pese a todo, el Talento Humano debe tener la autonomía profesional y la capacidad para emitir su voluntad y ejercer de manera libre su consentimiento, sin coerción. Particularmente debe tener la plena confianza que le serán brindados los medios de bioseguridad necesarios con que cumpliran su labor para enfrentar esta experiencia que representa un reto nuevo y unico pero que ademas se cierne peligrosamente sobre su salud y su vida?
O cambiamos o nos cambian las circunstancias, está visto, debemos hacer ciencia buena edificada sobre valores y el sentido de la vida de la sociedad; será mucho pedir que se garantice un nuevo contrato social concebido sobre los cimientos de la honestidad, transparencia, justicia, veracidad, validez, confianza y en general dentro del marco de la ética, bioética e integridad científica. Esto nos involucra a todos, o nos salvamos juntos o nos jodemos todos!, que no nos ocurra lo que le sucedió a Stalin, que concibió un complot contra los médicos y luego cuando demando su atención, vivió su propia muerte solo.
Luego, esta convocatoria va encaminada no a una “conversación nacional” como diria algun politico para apaciguar las aguas, sino a un diálogo nacional pluralista que construya una cultura de reflexión colectiva, participativa y plural. Con calidad y pertinencia encaminada a resolver los principales problemas del país en materia de salud, educación, salubridad pública, alimentación y empleo. Concibiendo para ello criterios de buenas prácticas dentro del marco normativo, institucional y de gobierno. Encaminados a proteger y conservar el medio ambiente y cuyos cometidos son la equidad, la justicia social y la paz. Con el conocimiento como fuente de riqueza sumado al capital, el trabajo y la tierra para la toma de las decisiones.
Con relación a la objeción de conciencia propuesta en algunos círculos, hemos de precisar que dicha objeción tiene su sustento en la libertad de conciencia. Es una prerrogativa del profesional médico de oponerse a la realización de un procedimiento o intervención dispuesto legal o administrativamente, debido a que ello atenta contra sus convicciones filosóficas o religiosas. La objeción de conciencia no opera libremente. Debe respetar los principios bioéticos y los derechos de las personas. Cuando se le usa en forma inadecuada puede atentar contra los principios bioéticos, principalmente la autonomía y la no maleficencia; puede atentar contra la vida y la salud de los pacientes y puede conducir a problemas legales a los médicos y a las instituciones en donde laboran.
El derecho a la libertad de conciencia, según la doctrina, es la facultad o capacidad que tiene una persona para actuar en determinado sentido, o para abstenerse de hacer algo o actuar en determinado sentido, en función a sus convicciones, a su ideología o su propia manera de concebir el mundo. Es un derecho que si bien nace en el valor supremo de la libertad en su esfera del estatus personal, implica modelos de comportamiento que se estructuran sobre la base de su formación académica, social, moral y religiosa, y condicionan a la persona en su comportamiento en la sociedad y encauzan el ejercicio de su libertad; pues la formación que la persona recibe y asimila cotidianamente le permite estructurar su sistema de valores y convicciones, así como el formar los criterios propios para la calificación de lo bueno, justo, equitativo y oportuno. No obstante, el derecho a la objeción de conciencia no es absoluto, dado que se limita cuando involucra la salud de otros.
La objeción de conciencia es un legítimo derecho de los médicos de rechazar las prácticas o acciones que violan sus principios éticos o morales. La objeción de conciencia es el rechazo a realizar un procedimiento o actividad particular porque es percibida incompatible con los dictados morales, religiosos o éticos de la conciencia individual. Sin embargo, tal objeción de conciencia puede tener serias implicancias para los pacientes de los servicios de salud, incluyendo sus derechos a la vida y la salud.
Si bien la Objeción de conciencia, en general es un derecho autónomo y nominado de conformidad con el apartado final del artículo 18 de la Constitución nacional que reza que las personas tienen derecho a no ser obligadas a actuar contra su conciencia, postura que desarrolla el principio pro homine que ordena preferir la interpretación más favorable a los derechos humanos, en conjunto con el artículo 20 C.N. Así en el año 2008, la Corte Constitucional emitió varias sentencias (T-209/08, T-946/08 y luego en esta misma linea jurisprudencial la T-388/09) de particular trascendencia que aclara los deberes legales de proveedores, hospitales y sistemas de salud en el caso de objeción de conciencia a la práctica del aborto legal. La sentencia establece la obligación para los proveedores objetores a remitir pacientes a proveedores que no lo sean. De otra parte, determina que los hospitales, clínicas y otras instituciones no poseen el derecho a la objeción de conciencia. Su deber profesional y legal es el de garantizar que los respectivos servicios a sus pacientes sean provistos de manera oportuna. Los hospitales y los administradores de salud no tienen la opción de objetar porque no participan en los procedimientos que están en la obligación de facilitar. Los proveedores que sean objetores deben tener conocimiento de proveedores que no lo sean y a quienes puedan remitir sus pacientes. De igual manera, las escuelas de medicina deben capacitar adecuadamente a proveedores no-objetores y las respectivas autoridades veedoras deben autorizarlos. La decisión de la Corte tiene una amplia incidencia en la manera como los sistemas de salud deben manejar tanto la objeción de conciencia como los derechos constitucionales y legales de los pacientes.
También es cierto que el mal uso de la Objeción de Conciencia puede afectar la situación legal del médico. Con repercusiones, como incumplimiento de la ley así: Durante la atención integral de pacientes podría ser denunciado por incumplimiento de la normatividad. Se puede ser también sujeto pasivo de denuncia por negligencia en pacientes. Puede darse una acción judicial contra las instituciones por no haber actuado en cumplimiento de disposiciones que atañen a la salud de los pacientes, en los casos que se comprometa su vida y su salud. Se puede ser denunciado por no ser objetor de conciencia que cumple con los requisitos y no hay otro profesional que pueda intervenir, o el paciente no fue referido con oportunidad a otro profesional o al lugar conveniente para la solución de su problema de salud.
Como corolario se puede observar conforme las buenas evidencias, que el asunto resulta altamente complejo y va mas alla pues no se trata de una objecion de conciencia ante el dilema de atender o no un aborto. Se trata de una situacion juridica excepcional sin antecedentes en la historia reciente, los galenos se enfrentan a un verdadero estado de necesidad donde se conjugan su derecho a la salud y su derecho a la vida, con el derecho a la salud y el derecho a la vida de su paciente. Y aunque pareciera estar enfrentados, en las circunstancias de anormalidad producto de la insuficiencia o en otros casos por ausencia de insumos de bioseguridad para enfrentar la pandemia, los galenos encuentran legitimo para defender tambien no solo sus derechos sino tambien el de sus pacientes y el de su propia familia, la exigencia de las garantias minimas en estas circunstancias. Todo lo cual haya su amparo en el bloque de constitucionalidad contenida en la Carta Interamericana de Derechos Humanos (art.29), Convencion Americana sobre Derechos Humanos (art. 32 nral. 1 y 2) Carta Politica (art. 1, 6, 95) y Ley 599/2000 articulo 32. Y conforme el principio de que toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.
Y no se trata como pretende el gobierno en estos momentos que el profesional de la salud actúe como si fuera militar con valor ante la presencia del enemigo, ni se pretende de otra parte que el profesional de la salud eluda o abandone su responsabilidad como ungido al cuidado de sus pacientes. Sin embargo en todo caso, ningún profesional de la salud está obligado a sacrificar su vida en cumplimiento de su misión, ni es desobediente civil, ni mucho menos un desertor o un cobarde. Por que el juramento hipocrático que hizo cuando se comprometió al servicio y protección de sus pacientes no lo obligaba a enfrentar su destino ofrendando con su propia vida.
Finalmente resulta pertinente concluir estas reflexiones con las palabras del predicador papal fray Raniero Cantalamessa: “ha bastado el más pequeño y deforme elemento de la naturaleza, un virus, para recordarnos que somos mortales, que la potencia militar y la tecnología no bastan para salvarnos. El hombre en la prosperidad no comprende, dice un salmo de la biblia.” Y agrega “destinamos los ilimitados recursos empleados para las armas para los fines cuya necesidad y urgencia vemos en estas situaciones, la salud, la higiene, la alimentación, la lucha contra la pobreza, el cuidado de lo creado.”
Declaración de conflicto de intereses: El autor declara como conflicto de interés en la elaboración de este artículo más de 25 años como profesional del derecho ejerciendo la defensa de médicos e instituciones de salud en responsabilidad médica y como asesor jurídico y miembro de comité de ética médica de una institución de salud.
Artículo generado por abogados de AssistVeritas